lunes, 1 de febrero de 2010

Territorios fuera del territorio


No es más que otra de las duras y crueles realidades de Latinoamérica; en un caso más específico y para aterrizarnos, Colombia, en donde los territorios fuera del territorio son más comunes de lo que se puede ver y de lo que se puede creer. Pero a que me refiero con territorios fuera del territorio? Es mi respuesta a la realidad del Estado-nación latinoamericano y su efectividad, es la referencia a los territorios que aun así siendo legalmente parte de una nación, resultan no siéndolo tanto en la práctica, territorios marginados por las diferentes condiciones socioculturageopoliticas (palabra inventada para encerrar las reales circunstancias en una misma) que impulsan la creación de sus propias leyes, la creación de su propia condición social, de su propio estado, estado dentro de un estado. Claros ejemplos del pluralismo jurídico son Colombia y Brasil, además también Centroamérica. Es en estos lugares donde los territorios fuera del territorio están más presentes, arraigados y forman parte de la realidad política de cada estado, con características particulares que los hace llamarse territorios marginados; que características?

Son territorios donde el monopolio de la fuerza estatal no se hace presente, territorios abandonados por el estado, donde han tenido que reacomodarse a una especie de “gobierno federal” en donde existe una extraña y frágil convivencia entre las leyes positivas del gobierno o más bien de la nación en la que existen y las leyes empíricas que han surgido a través del tiempo y las circunstancias. Son territorios que han resultado no de la falta de leyes positivas ni de su contenido, pues es demostrado que aun así, gran parte del territorio de esas naciones obedece el contenido de estas, sino más bien un problema de eficacia del monopolio de la fuerza que un estado debe ejercer en su territorio tanto para brindar seguridad a sus habitantes como para ejercer fuerza coercitiva sobre los que acaban con dicha seguridad; características muy importantes dentro de la integridad que un gobierno debe brindar. Lo que ocurre en estos lugares es la poca garantía de una que deriva de el incumplimiento de la otra, lo que quiere decir que a falta de fuerza coercitiva contra los que acaban con la seguridad, se genera una situación en donde los habitantes de dicho territorio vuelven prácticamente a un estado natural, en donde deben buscar su propio bien patrocinando la creación de un ejército propio y un estatuto propio.

Escrito por: Juan Carlos Abella Martinez

domingo, 31 de enero de 2010

Estado como "Estructura Ausente"

Se hace evidente la existencia de distintos ordenamientos jurídicos en un mismo territorio cuya idea misma recae sobre la necesidad de un sistema jurídico adaptable a cada una de las sociedades actuales, es el caso Colombiano de “La Sierra” (Medellín) territorio gobernado por grupos ilegales o al margen de la ley, como también lo es el caso de las Favelas en Rio (Brasil) territorios en los cuales no existe la intervención del Estado lo que genera inseguridad social y claramente una violación a los derechos humanos.

Grupos ilegales con poder de cohesión y marginación aparecen como un sub-sistema jurídico el cual se hace presente en los casos del pluralismo jurídico, como pudimos observar en el caso de la sierra o en el caso de las Favelas estos grupos establecen sus principios y reglas sometiendo al territorio a cumplirlas donde la impunidad es el medio a garantizar el cumplimiento de estas leyes o ordenamientos ilegales con distintos intereses sociales y políticos.

En el ejemplo de La Sierra se presenta la disputa de dos grupos ilegales con distintos ideales por un mismo territorio, los paramilitares combaten contra la guerrilla del ELN (donde aquel que pasare al territorio enemigo será asesinado) lo que deja en evidencia la indiferencia estatal o como Boaventura de Sousa Santos lo presenta en su texto un fenómeno social antes que como fenómeno político, generando la concepción de “estructura ausente” incapaz de brindar seguridad social por medio de la fuerza legitima del Estado-nación.

Aunque, bajo mi criterio considero que en el ejemplo de las Favelas se hace más cierto o más evidente la existencia del pluralismo Jurídico y la ausencia del Estado-nación, territorio dominado por la ley del narcotraficante y porque no decirlo una especie de “ley del talión”. Tal cual lo expone Anderson como un territorio oscuro donde se juzga por medio de la violencia y la humillación produciendo terrorismo a un pueblo mísero que no siente protección Estatal, cito textualmente un aparte del articulo de Anderson el cual genera gran preocupación en mi opinión: “Rio de Janeiro ocupa el primer puesto en el escalafón mundial de muertes violentas internacionales. Según las autoridades, el año pasado se presentaron un poco menos de cinco mil homicidios, de los cuales el cincuenta por ciento estaba asociado al narcotráfico.”

Entonces lo expuesto por Santos en su texto deja claro que ese pluralismo jurídico llega a ser déspota en muchos de los casos, mostrándonos el ejemplo internacional del derecho de la mafia, organización ilegal que llega a ser como Santos expone menos demócrata y mas tirano que el mismo ordenamiento Estatal, o como también un caso que considero oportuno citar es el de Las Maras Salvatruchas en centro y norte América, organización criminal formada por pandillas de jóvenes dedicadas al crimen urbano de dimensiones actualmente transnacionales.

Por otro lado existe un pluralismo jurídico no violento o legitimo, está el ejemplo de los grupos indígenas o étnicos dentro del Estado, este ultimo reconoce a estos grupos sociales como un sub-sistema legal por su condición y creencias dentro del ordenamiento estatal el cual a la vez regula, en ciertos aspectos constitucionales a los ordenamientos indígenas dentro del territorio nacional, como lo es el ejemplo de los Wayuu y muchos otros grupos en Colombia.

Por: Diego Andrés Chaparro Ramírez